LOPIVI Violencia

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La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en vigor desde el 25 de junio de 2021, establece en su artículo 48.1.a) una serie de obligaciones para las entidades que desarrollen actividades deportivas o de ocio con menores de manera habitual. Estas obligaciones son las siguientes:

  • Implementar protocolos de actuación que permitan prevenir, detectar de forma temprana y actuar frente a posibles situaciones de violencia contra menores en el ámbito deportivo y recreativo. Dichos protocolos deberán aplicarse en todos los centros que lleven a cabo estas actividades, sin importar su titularidad, y de forma específica en la Red de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación Deportiva, Federaciones Deportivas y Escuelas Municipales.

  • Establecer un sistema de supervisión que asegure el cumplimiento de los protocolos mencionados para la protección de los menores. Esta medida es de carácter obligatorio desde el 25 de diciembre de 2021, según lo establecido en la Disposición Adicional 25ª.

  • Nombrar a un Delegado/a de Protección. En el caso la FCB, esta responsabilidad recae en ANGELA FRANCO GARZÓN con número de contacto 654 98 00 81 y correo electrónico de contacto fcbaloncesto@gmail.com. Por su parte, la Federación Española de Baloncesto ha designado a Doña Ana Junyer Genover como Delegada de Protección (prevencionacoso@feb.es).

La Federación Española de Baloncesto recuerda que todos los integrantes del club, incluidos jugadores, entrenadores, personal técnico, trabajadores, directivos, familiares de los jugadores y socios, deben cumplir con estas disposiciones. Para facilitar el cumplimiento de las mismas, y siguiendo las directrices del Consejo Superior de Deportes, se elaboró un protocolo que puede ser adoptado por los clubes que no dispongan de uno propio. Este protocolo está diseñado para ser aplicado en la organización de las competiciones y para ayudar a las Federaciones a cumplir con la normativa, sin perjuicio de que estas puedan implementar sus propios protocolos.

Por este motivo, os informamos de que el protocolo está disponible para su consulta en el siguiente enlace: