Seguro para deportistas de ligas Sénior
Se considera accidente deportivo, la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte o requiera de prestación sanitaria para su recuperación. El tomador del seguro o el asegurado o el beneficiario deberán comunicar a ASISA el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido.
Urgencia vital
Situación en la que se haya producido de forma brusca o repentina una patología, derivada de un accidente deportivo, cuya naturaleza y síntomas hagan presumir un riesgo inminente o muy próximo para la vida del asegurado, o un daño irreparable para su integridad física si no se lleva a cabo una actuación terapéutica inmediata. En esta situación, se deberá dirigir al centro más cercano y, en caso de no estar concertado, Asisa posteriormente se hará cargo de la asistencia recibida.
Urgencia
El asegurado podrá dirigirse a cualquier centro concertado, identificándose como asegurado/federado y aportando un Talón de Asistencia. Puede informarse en el teléfono 919 912 440 para saber los centros de urgencia a los que puede dirigirse. En caso de requerir traslado en ambulancia, debe llamarse al 900 900 118. Es conveniente que disponga del parte de accidente.
Consulta
Consulta: El asegurado podrá dirigirse a cualquier centro concertado solicitando él mismo la cita con el facultativo, traumatólogo o rehabilitador que vaya a realizar la prestación. Deberá entregar un Talón de Asistencia debidamente cumplimentado en el anverso y reverso por el representante del equipo.
Consulta otras especialidades.
Consulta otras especialidades: Para la consulta de cualquier especialista que no sea traumatólogo o rehabilitador, se deberá solicitar autorización, siguiendo el procedimiento indicado. Aportando dicha autorización al facultativo en el momento de la consulta.
Pruebas y exploraciones complementarias
Pruebas y exploraciones complementarias: El asegurado podrá dirigirse a los centros autorizados con la prescripción del facultativo concertado. Para las exploraciones complementarias básicas (radiografías convencionales, analítica preoperatoria, ecografías) no es necesaria autorización, pero sí deberá aportar el Talón de Asistencia cumplimentado. Para el resto de pruebas y exploraciones, se deberá solicitar autorización siguiendo el procedimiento indicado.
Tratamiento de rehabilitación y/o fisioterapia
Tratamiento de rehabilitación y/o fisioterapia: Precisa de autorización específica y es necesario solicitarla siguiendo el procedimiento indicado. La cobertura finalizará cuando se haya conseguido la recuperación funcional total o el máximo posible de ésta, por haber entrado el proceso en un estado de estabilización insuperable o cuando se convierta en terapia de mantenimiento y ocupacional, excepto en los casos de reagudización del proceso, en cuyo supuesto la Entidad reanudará la asistencia en los mismos términos señalados al principio del presente párrafo.
Autorizaciones
Es precisa una autorización de ASISA para:
- Hospitalización.
- Intervenciones quirúrgicas.
- Consultas de otras especialidades, excepto traumatología y rehabilitación.
- Pruebas complementarias especiales como TAC, RMN, etc.
- Rehabilitación y/o fisioterapia.
- PCR de coronavirus preoperatorio.
Para la tramitación de las autorizaciones, se debe aportar el parte de accidentes firmado por el lesionado y el representante de la federación, el informe médico de urgencias y/o evolutivo, y en el caso de tratamiento de rehabilitación, además, deberá especificarse el tratamiento y número de sesiones, así como el diagnóstico del proceso. También se tendrá que aportar las pruebas diagnósticas realizadas. Se deberá solicitar por e-mail, enviando toda la documentación a los correos:
Talón de Asistencia
Cada asegurado deberá entregar un talón en las asistencias por cada visita médica de traumatología y rehabilitación, por cada prueba diagnóstica que no requiera autorización y por la asistencia de urgencias. Los Talones de Asistencia deberán ser solicitados siguiendo el procedimiento que indique cada Federación/Club.
Asistencia en el extranjero
La asistencia sanitaria cubierta en el extranjero se realiza por reembolso, siguiendo para su solicitud el procedimiento que se indica. Para que el accidente en el extranjero tenga cobertura, es necesario comunicar los desplazamientos al extranjero con un mínimo de 7 días de antelación al correo sonia.recio@asisa.es.
Prestaciones por reembolso
Las indemnizaciones cubiertas por la póliza deben ser solicitadas por e-mail al correo deportivas.cantabria@asisa.es, aportando:
- Parte de Accidente firmado por el lesionado y el representante de la federación.
- Informe médico.
- Factura correspondiente al abono de la asistencia odontológica.
- Número de cuenta bancaria y NIF del titular de la misma.
Cuadro Médico
Descarga el cuadro médico AQUI
⇒ IMPORTANTE
La tramitación del parte tiene un coste de 20€ y se solicita a fcbaloncesto@gmail.com explicando con detalle el accidente y el centro, si ha habido, de la primera atención médica.
En todos los casos, estarás al menos una semana sin jugar, sea cual sea el diagnóstico. En caso de que para tu lesión se requiera o recomiende «CONTROL POR TRAUMATÓLOGO» o «CONTROL POR MÉDICO DE LA FEDERACIÓN», no podrás jugar, en tanto en cuanto, no recibamos el informe de alta del traumatólogo, de lesionarte de nuevo sin tener dicho informe, es posible que el seguro no se haga cargo de la asistencia del nuevo accidente.
Seguro para deportistas de ligas Júnior, Cadete, Infantil, Alevín y Benjamín
Forma de actuación en caso de accidente
CATEGORIAS ESCOLARES:
Si el Lesionado pertenece a la Seguridad Social
a. Debe acudir a cualquier Centro Medico (Ambulatorio, Hospital) de laSeguridad Social
b. Entregar el tríptico del equipo o la hoja “DATOS del AFILIADO” donde juega el deportista lesionado, que le facilitarán desde el Club o Escueladeportiva a la que pertenece el lesionado.
c. Entregar el protocolo de la Consejería de Deporte, que puede descargar de aquí mismo. NO ACUDIR NUNCA A CENTROS PRIVADOS.
Si el Lesionado pertenece a régimen de aseguramiento especial (MUFACE, MUGEJU, ISFAS u otros) o aseguramiento privado.
a. Se prestará con los medios de los que disponga el sistema de asistenciasanitaria del que sean beneficiarios.
b. NO ACUDIR NUNCA A CENTROS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
⇒ IMPORTANTE
Cuando los participantes en los Juegos Deportivos Escolares 2024-2025 pertenezcan a otro régimen de aseguramiento sanitario distinto del sistema sanitario público (MUFACE, ISFAS, SEGUROS PRIVADOS, entre otros) serán dichas entidades las que presten la asistencia sanitaria precisa y a ellas deberán acudir los participantes.
Las federaciones deportivas y en especial, los clubes deportivos a los que pertenezcan los participantes de los Juegos Deportivos Escolares, son los RESPONSABLES de transmitir e informar debidamente del presente protocolo de cobertura sanitaria.